Presentación de las modificaciones a la Ley 5016/2014 "Nacional de Tránsito y Seguridad Vial"





En compañía de la Diputada Karina Rodríguez, conjuntamente con las organizaciones S.E.R - Asociación Segurid...ad en las Rutas; AFAVIV - Asociación de Familiares, Amigos y Víctimas de la Seguridad Vial y CONACOL- Coordinadora Nacional de Lucha contra el Consumo de Alcohol presentamos, este viernes 14 de noviembre, las modificaciones a la Ley Nº 5016/2014 “NACIONAL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL”.

El proyecto de Ley, que modifica varios artículos de la Ley Nº 5016/2014 y deroga los artículos 3º, 6º, 11, 13, 20, 95 y 96, es el resultado de muchas y extensas jornadas de análisis en las que debatieron los diferentes aspectos de la normativa. Este proceso surgió a iniciativa de las organizaciones de seguridad vial, que recurrieron a la instancia parlamentaria planteando sus inquietudes con relación a la Ley 5016 que fue promulgada el 16 de mayo de 2014. Desde el mes de junio mantuvimos mesas de trabajo con las organizaciones S.E.R - Asociación Seguridad en las Rutas; AFAVIV - Asociación de Familiares, Amigos y Víctimas de la Seguridad Vial y CONACOL- Coordinadora Nacional de Lucha contra el Consumo de Alcohol.

El eje principal de la propuesta es reducir a 0.40, el porcentaje de alcohol en la sangre para la tipificación de falta penal, que actualmente está establecido en 0.80 %. La preocupación de las Asociaciones mencionadas se acentúa más por los datos estadísticos del año 2013 que cerró con una tasa de 1.200 fallecidos y 49 mil lesionados por causa de accidentes de tránsito relacionados al consumo de alcohol.

A continuación una enumeración otras modificaciones ya que de la mesa de trabajo surgieron las modificaciones de un total de 63 artículos y la derogación de 7:

• El proyecto de ley modifica el artículo 7° se pretende rectificar una postura asumida por el Plenario de la Cámara de Diputados pues hubo discrepancia por un error material entre ambas Cámaras. Que aconteció en el segundo trámite constitucional la Cámara de Diputados, en plenario, según audio, aprobó la modificación del artículo 7 con el agregado “… QUE NO ATRAVIESEN…”, pero al ser remitido a la Cámara de Senadores, en formato escrito, el agregado no fue incorporado, y con esta modificación se le devuelve la competencia a la Municipalidad.

• En referencia a la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial se crea la figura del Presidente, quien es la autoridad responsable de la conducción de la Agencia, en reemplazo del Directorio y del Director Ejecutivo. También se sustituye el Comité Consultivo por la figura del Consejo Consultivo.

• Modifica el artículo 18 que regula sobre los recursos de la Agencia, en el inciso b) se testa la última parte es inconstitucional porque atenta contra la autonomía establecida en el artículo 166 de la Constitución Nacional al imponer el cercenamiento de sus recursos en materia de tasas y multas administrativos de los Municipios. En la modificación se agrega un inciso en el cual establece que las multas aplicadas en materia de seguridad vial impuestas por el Ministerio Público, integrará los recursos de la Agencia.

• Se llenó un vacío legal, porque no estaban contempladas las señales de tránsito.

• Se instituye el remate en reemplazo del sacrificio de los animales sueltos.


14 de noviembre de 2014