Ley 5016/2014 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”. Modificaciones
Luego de jornadas de trabajo, en las cuales se debatió cada punto, logramos consensuar las modificaciones que proponemos a la Ley 5016/2014 “NACIONAL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL”. El propósito es adecuar la legislación con la finalidad de salvar vidas, dado que muchas de las pérdidas derivadas de accidentes pueden evitarse con una prevención oportuna y eficaz. La regulación es la forma en que las ...sociedades establecen normas que garantizan que la interacción sea respetuosa de los derechos de sus integrantes. Participamos conjuntamente con de las autoridades de aplicación ANTSV – Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial; OPACI – Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal; INTN - Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, Comisión Especial para el Estudio de Proyectos de Leyes en el Congreso Nacional y la Comisión de Tránsito de la Junta Municipal de Asunción, y las organizaciones S.E.R - Asociación Seguridad en las Rutas - AFAVIV - Asociación de Familiares, Amigos y Víctimas de la Seguridad Vial; y CONACOL- Coordinadora Nacional de Lucha contra el Consumo de Alcohol.
Entre los ejes prioritarios que trabajamos, destacamos que la competencia territorial retorna a las Municipalidades, mediante el Artículo 7 : “...Las Municipalidades aplicarán la presente ley dentro del ejido o zona urbana de sus respectivas jurisdicciones. La competencia en las rutas nacionales y departamentales, así como en los ramales y caminos vecinales que no atraviesen los municipios, corresponderá a la Patrulla Caminera; salvo que mediare un Convenio de Delegación de Competencias…” Asimismo, se modifica la estructura de la Agencia de Tránsito y Seguridad Vial, derogando el Directorio que será reemplazado por un Presidente, manteniendo el Comité Consultivo. Como aspecto sobresaliente, se propone elevar las faltas por consumo de bebidas alcohólicas dado que el riesgo abarca no solo a quien conduce, sino también a los eventuales acompañantes, otros automovilistas y peatones. Por otra parte, se regula sobre los vidrios de seguridad templados, normalizados y con grados de tonalidad adecuados, denominados “polarizados” y se establecen los límites de los paragolpes o laterales de la carrocería, ambas propuestas consensuadas con el organismo encargado de establecer las normas técnicas, INTN – Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología.